Política de aceptación del cliente
FXDD Mauritius Ltd. está regulada por la Comisión de Servicios Financieros en los términos de la Ley de Servicios Financieros de 2007 y la Ley de Valores de 2005 como titular de una licencia de Agente de Inversiones para prestar cualquier servicio de inversión y para mantener y controlar el Dinero de los Clientes o los Activos de los Clientes. La empresa entra en el ámbito de aplicación de la Ley y el Reglamento de inteligencia financiera y lucha contra el blanqueo de capitales.
En la medida de lo posible, la empresa hace todo lo posible para garantizar la privacidad, confidencialidad y seguridad de sus clientes a lo largo de su interacción con la empresa.
El objetivo principal de la Política de Aceptación de Clientes es proteger la buena reputación de la Empresa de forma continua y coherente, y evitar que la Empresa sea utilizada con fines fraudulentos o delictivos.
El principio subyacente de la Política de Aceptación de Clientes es que la Empresa debe "conocer a sus clientes" (proceso Know-your-Client / "KYC"). La reputación de la empresa puede verse perjudicada por no actuar de conformidad con la legislación aplicable o por tratar con contrapartes cuyas actividades comerciales y reputación puedan causar daños a la reputación de la empresa.
La función de Cumplimiento es responsable de supervisar la evolución en este ámbito, identificar las medidas necesarias e informar y formar a todo el personal pertinente. La función de Cumplimiento también es responsable de la supervisión general de las políticas y procedimientos de la empresa y de la mejora / modificación de estos procedimientos siempre que sea necesario.
El proceso de incorporación se detalla en el Procedimiento de Incorporación de Clientes de la Empresa. Dado que todos los clientes minoristas se incorporan de forma no presencial, la empresa ha adoptado el uso de un programa informático de verificación de identidad.
La empresa ha adoptado un enfoque basado en el riesgo para la incorporación y el seguimiento de sus clientes. La metodología y el proceso del enfoque basado en el riesgo figuran en la Política de Evaluación de Riesgos. El principio fundamental del enfoque basado en el riesgo adoptado por la empresa es el siguiente:
1. En el momento de la admisión, los clientes minoristas reciben una calificación de riesgo basada en la información geográfica facilitada en el formulario de solicitud y cotejada con el documento acreditativo de residencia.
2. En el momento de la incorporación, se aplica al cliente minorista un calendario de seguimiento basado en la ubicación geográfica que figura en el documento de identidad recogido en el momento de la incorporación.
3. La calificación de riesgo de un cliente minorista puede cambiar tras revisar su perfil y su historial de transacciones.
4. El Departamento de Cumplimiento mantiene un registro de la calificación de riesgo de todos los clientes minoristas.
5. Debido a la naturaleza de alto riesgo del negocio, todos los clientes corporativos se clasifican como de alto riesgo en el momento de la incorporación y mantendrán esa clasificación durante toda la vida del cliente.
6. 6. La matriz de riesgos se revisará anualmente como mínimo.
QUEDAN PROHIBIDAS LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES O LOS SIGUIENTES CANDIDATOS A EMPRESARIOS:
(i) Personas afiliadas - ningún empleado actual de FXDD Malta puede llevar una cuenta en nuestra plataforma. Las únicas cuentas propias permitidas son las que se abren y mantienen por y para FXDD Mauritius Limited (fondos propios) o con fines de prueba por los equipos de operaciones/IT/cumplimiento;
(ii) Los empleados de las bolsas y los organismos reguladores fuera de los EE.UU. no están autorizados a abrir una cuenta con FXDD Mauritius a menos que con el permiso previo del Oficial de Cumplimiento a cargo. A este respecto, el cliente tiene que proporcionar la última declaración de los instrumentos financieros poseídos;
(iii) Los solicitantes de negocios que no proporcionen o se nieguen a proporcionar la información necesaria sobre la cuenta;
(iv) Solicitantes de Negocios cuya búsqueda en World-Check/MIS reporte información derogatoria sobre el cliente en cuestión que a juicio del Oficial de Cumplimiento descalifique al prospecto. A este respecto, el informe correspondiente se remitirá al Responsable de Comunicación de Blanqueo de Capitales encargado. Deberá seguirse la sección relativa a la comunicación de una transacción sospechosa. Dicha cuenta sólo podrá abrirse con la aprobación del Responsable de Información sobre Blanqueo de Capitales.
(v) No se abrirán cuentas anónimas ni cuentas a nombres ficticios.
(vi) Los solicitantes de negocios que deseen financiar sus cuentas a través de depósitos en efectivo y depósitos de cheques. Esto se debe al hecho de que lleva mucho tiempo establecer el origen de los fondos en cuestión. Esto aumenta el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo para FXDD Mauritius.
(vii) Los solicitantes de negocios se encuentran en jurisdicciones con deficiencias estratégicas o cuando los fondos se han originado en estos países.
(viii) Un cliente cuyos fondos proceden de actividades delictivas o cuya ocupación no es legal.
(ix) Solicitantes de negocios que hayan sido sancionados por la ONU, la OFAC o la UE o sean personas relacionadas con individuos que hayan sido sancionados;
(x) Clientes corporativos cuyas acciones sean al portador; y
(xi) Clientes corporativos para los que no es posible identificar al beneficiario efectivo final.
FXDD acepta clientes clasificados como de alto riesgo, incluidas las PEP, de conformidad con su procedimiento de incorporación de clientes.
Las PEP deben ser aprobadas por el MLRO tras la recepción de un formulario de autocertificación firmado por el cliente. Las PEP se clasifican automáticamente como de alto riesgo.
Las PEP y los clientes clasificados como de alto riesgo deberán someterse a un proceso reforzado de incorporación de diligencia debida.
La Compañía tiene una lista de países de los que no aceptará clientes. Esta lista se compone de la lista de países identificados por el GAFI como países con deficiencias en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, así como de los países que aplican restricciones a la oferta de divisas a sus ciudadanos.
Las cuentas inactivas, es decir, las cuentas que no muestren actividad durante un periodo de 180 días, se congelarán y se prohibirá la negociación desde dicha cuenta una vez transcurrido dicho periodo. Para comenzar a operar de nuevo, el cliente en cuestión deberá cumplimentar el Formulario de Reactivación de Cuenta y se llevará a cabo de nuevo la DDC según proceda. Se solicitará la aprobación de la Unidad de Cumplimiento antes de reactivar dicha cuenta.